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UGT en la empresa

Afiliadas y afiliados

A UGT puede afiliarse cualquier trabajador o trabajadora por cuenta ajena (en activo, desempleo, o pensionista) o cualquier trabajador autónomo que no tengan contratados trabajadores. Solo tiene que solicitarlo y pagar la cuota.

Anualmente se fija una cuota básica, pero existen otras cuotas reducidas para colectivos específicos: trabajadores y trabajadoras cuyos ingresos sean iguales o inferiores a 1,5 veces el IPREM, autónomos afiliados a UPTA o UPA, jubilados y pensionistas, o trabajadores en situación de desempleo que no tengan ingresos.

En este cuadro está la evolución de nuestra afiliación en los últimos años. 

 

Para el año 2021 el 41, 56 % de nuestra afiliación son mujeres y el 58,44% hombres. En cuanto a la nacionalidad, el 96,25%, son de nacionalidad española y el 3,75% inmigrantes. Respecto a la distribución por edades, el 9,46% son menores de 35 años, el 55,41% están entre 36 y 55 años; el 26,30% entre 56 y 65 años, y el 8,44% son mayores de 65 años.

 

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Derechos y deberes de los afiliadas y afiliados

Derechos

  • Participar, expresar su opinión sobre posiciones políticas propias y ajenas, y participar en la adopción de decisiones
  • Control político de los cargos electos, a la información sobre las cuestiones que afecten a la vida interna del Sindicato y a su actividad externa
  • Utilizar los medios materiales y humanos del Sindicato para cumplir sus obligaciones y ejercer sus derechos, con la autorización de los órganos de dirección correspondientes
  • A la protección del Sindicato frente a los ataques externos injustos, y a la protección interna mediante la actuación imparcial y equilibrada de los órganos competentes
  • A los servicios y prestaciones establecidos por el Sindicato
  • A que la afiliación cuente como mérito si concursa para cubrir puestos de trabajo remunerados en el Sindicato

 

 

Deberes

  • Mantenerse al día en el pago de las cuotas
  • Actuar con respeto a las opiniones y posiciones de las otras personas afiliadas

UGT en la Empresa

UGT está presente en las empresas de dos formas.

La primera, a través de las aproximadamente 5.000 secciones sindicales constituidas con nuestros afiliados.

A través de ellas se organizan, debaten, establecen la interlocución con la dirección de la empresa, asesoran a los trabajadores, planifican la negociación colectiva y organizan los procesos de elecciones sindicales.

La segunda forma es a través de las elecciones sindicales que se pueden realizar en aquellas empresas que tengan más de 6 trabajadores, y con las que los trabajadores y trabajadoras eligen a sus representantes sin necesidad de estar afiliados a ningún sindicato.

Las elecciones sindicales no son como las generales o autonómicas. No se celebran todas en un solo día, sino a lo largo de todo el año.

Los últimos datos certificados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social a 6 de julio de 2023, certifican que UGT ha obtenido 92.627 representantes (32,2) de un total de 287.713 en el periodo comprendido entre el 02/01/2019 a 01/01/2023.

En base a nuestros datos, que nos permiten un mayor desglose de la información, de los representantes de UGT un 58,39% son hombres y un 41,60% mujeres.

En los procesos electorales regulados por el Estatuto de los Trabajadores, UGT obtiene una representación del 36,43% en delegados de personal (elegidos en centros de trabajo con más de 5 trabajadores/as y menos de 50) y una representación del 32,12% en Comités de Empresa (representación colegiada de los trabajadores y las trabajadoras en centros de trabajo de más de 50 trabajadores).

En Juntas de Personal en la fución pública, UGT obtiene una representación del 18,43% (representación colegiada de los trabajadores y las trabajadoras en centros de trabajo de las administraciones públicas)

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Comités de Empresa

Lo que les marca el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores para los comités de empresa, que es: 

  • Recibir información periódica sobre la situación económica de la empresa, la salud y el medio ambiente laboral, la contratación laboral, la finalización de la relación laboral individual y extinción del contrato individual, la imposición de faltas graves a los trabajadores y trabajadoras, los salarios, la movilidad funcional y geográfica, y la modificación sustancial de las condiciones de trabajo individuales, entre otros.
  • Cuando hay cambios que afectan a toda o una parte importante de la plantilla tienen derecho a ser informados, a opinar, o emitir informe para modificar la decisión empresarial, previo a la ejecución de la decisión y no siempre tiene carácter vinculante.
  • Ejercer la interlocución con la dirección de la empresa, e intervenir en la definición de las condiciones de trabajo.

¿Qué realizamos?

Desplegamos nuestra actividad en torno a tres grandes ejes: 

  • Representamos a los trabajadores, y negociamos en su nombre, ante los poderes del Estado (el Gobierno y las Cortes), y ante las organizaciones empresariales. Llamamos a esto Diálogo Social.
  • Representamos a los trabajadores, y negociamos en su nombre, ante las empresas. Llamamos a esto acción sindical y negociación colectiva.
  • Representamos a los trabajadores, y actuamos en su nombre, con nuestra participación en instituciones, administraciones, etc… Llamamos a esto participación institucional. Diálogo Social, acción sindical y negociación colectiva, y representación institucional se concretan en multitud de ámbitos. Se hace de dos formas:
    • A través de las secciones sindicales, formadas por los afiliados de UGT en la empresa
    • Por delegados/as, comités de empresa y juntas de personal: son elegidos por los trabajadores y las trabajadoras en las elecciones sindicales, a las que pueden concurrir todos los sindicatos con presencia en la empresa.

Ellos y ellas son trabajadores que se afilian a UGT y se presentan a las elecciones sindicales en nuestras candidaturas para representar, defender y negociar en nombre de sus compañeros. Uno de sus trabajos más importantes es negociar el convenio colectivo. Los convenios colectivos se publican en los boletines oficiales y tiene rango legal. En ellos se regulan las condiciones de trabajo, previa negociación entre los representantes de la empresa y los de los trabajadores.

Son negociaciones difíciles. Las empresas disponen de recursos para contratar a todo tipo de asesores. UGT trata de formar a sus representantes, y apoyarlos con técnicos que paga el Sindicato, para defender lo mejor posible los intereses de los trabajadores.

Hay muchos tipos de convenios; unos fijan las condiciones de los trabajadores de una empresa, otros los de todas las empresas de un determinado sector de actividad.

La reforma laboral de 2012 perjudicó mucho a los trabajadores, entre otras cosas, porque permite a los empresarios establecer condiciones laborales sin negociarlas con los trabajadores, o desligarse de lo que establecen los convenios colectivos.

Hay 10.400 representantes de UGT negociando convenios colectivos. UGT participa en la negociación de más de la mitad de los convenios (59,3% en 2014) que establecen las condiciones de trabajo para el 98% de los trabajadores con convenio (según datos de 2014, los últimos conocidos).

Cuando las cosas van mal en la empresa, son también los sindicalistas de UGT los que buscan información, la trasladan a los compañeros y las compañeras, debaten y acuerdan con ellos qué hacer. Cuando se plantean Expedientes de Regulación de Empleo (ERE), que requieren conocimientos legales especializados, UGT pone a disposición de sus representantes asesores legales, y ejerce la representación ante los tribunales cuando los casos se judicializan.

Fruto de la negociación colectiva son los sistemas de previsión social complementaria, como seguros o planes de pensiones colectivos, que son las fórmulas más conocidas. Se consiguieron, fundamentalmente en los años 80 y noventa en las grandes empresas. Se crean con aportaciones de la empresa y de los trabajadores, que también participan en su gestión a través de sus representantes.